Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2022 y que fueron publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en España había un total de 20.463.900 personas ocupadas. En ellos, los contratos de trabajo son la tónica dominante, lo más común en el mercado laboral. 

Es por eso que al ser lo más habitual se hace necesario entender lo más básico que rodea a este documento: sus partes, tipología, requisitos que son ineludibles para su correcta aplicación… E incluso un modelo de contrato de trabajo o cómo hacer un contrato de trabajo.

Y en este punto hay que tener claro que una asesoría laboral en Zaragoza, como Cierzo Gestión de la Fundación Rey Ardid, servirá para salir de cualquier duda, con el respaldo de una atención personalizada para ayudarte en cualquier aspecto. 

¿Qué es un contrato de trabajo?

Si nos ceñimos a saber qué es un contrato de trabajo no deja de ser un documento en el que consta, ‘negro sobre blanco’, la relación laboral existente entre empresa y empleado. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) lo define como un acuerdo entre la compañía y el trabajador por el que este se compromete a aportar una labor a cuenta del empresario, bajo sus indicaciones y con una retribución como contraprestación.

A la hora de tener claro los documentos que piden para firmar un contrato de trabajo, los principales son: 

  • El Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Número de Identidad de Extranjero (NIE).
  • El número de afiliación a  la Seguridad Social.
  • La autorización de residencia y trabajo en el caso de trabajadores extranjeros
  • El justificante de inscripción como demandante de empleo en el SEPE
  • Certificados que acrediten el grado de estudios (básico, grados formativos o superiores).

Según las características de cada persona, a todos ellos se puede sumar la necesidad de presentar algún certificado que respalde la existencia de algún nivel de discapacidad.

¿Quién puede firmar un contrato de trabajo?

El perfil de quién puede firmar un contrato de trabajo es muy amplio. Por norma general debe ser una persona mayor de edad, que tenga más de 18 años. También cabe la posibilidad de que haya menores de 18 años pero que se encuentren legalmente emancipados. 

En caso de depender de padres o tutores legales, si tienen más de 16 años pero menos de 18, esos responsables tendrán que realizar una autorización. Si viven de forma independiente, será necesario el consentimiento expreso o tácito.

En el caso de los extranjeros, dependerá de la legislación que corresponda en cada caso.

Tipos de contrato de trabajo

Los contratos de trabajo se reducen en la actualidad a dos modalidades: Indefinidos y Temporales. Cada uno de ellos cuenta con sus respectivos códigos de contrato de trabajo, que especifican sus características a efectos administrativos. Los más habituales son:

Contrato de trabajo indefinido

El contrato indefinido es el que se firma entre ambas partes sin fijar una duración específica en la prestación de esos servicios. Este tipo podrá articularse de forma verbal o por escrito. Dentro de este tipo de contrato, las horas a trabajar determinarán si se trata de uno a jornada completa, parcial o prestar servicios fijos discontinuos. En este global, según los datos del INE, en España hay 14,3 millones de asalariados con contrato fijo.

Contrato de trabajo temporal

El contrato de trabajo temporal es el modelo de contrato de trabajo que más se ha visto afectado por la última reforma laboral. En primer lugar, ha pasado a denominarse «contrato de duración determinada». Este tipo solo se podrá dar por circunstancias en el proceso de producción o para reemplazar a una persona que estaba trabajando. Será a jornada completa o parcial. Podrá ser verbal si la duración del acuerdo por exigencias de la producción es inferior a cuatro semanas y a jornada completa.

Contrato de trabajo formativo

El contrato de trabajo formativo para la obtención de la práctica profesional, coloquialmente conocido Prácticas, es el tipo de relación laboral que se establece cuando el objetivo es que una persona alcance unos conocimientos, habilidades y capacidades esenciales en el desarrollo habitual de una labor. Todo ello partiendo de un título o formación previamente obtenido.

Requisitos clave de un contrato de trabajo

Entre los requisitos clave a la hora de analizar un contrato de trabajo hay varios aspectos que son fundamentales y básicos que se podrían resumir en las siguientes características.

  • Identificación de las partes (datos de empresa y trabajador).
  • Fecha de comienzo de la relación laboral y duración del contrato  (temporales)
  • Lugar de trabajo.
  • Categoría profesional  y  funciones del trabajador.
  • Salario o remuneración.
  • Jornada de trabajo.
  • Vacaciones anuales
  • Convenio colectivo aplicable.

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